Plan Renove De Salas De Calderas

NO VIGENTE

AIRCAL es una empresa adherida al Plan Renove de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid.
Plan Renove de Salas de Calderas 2023.

Para que nuestros clientes no tengan que preocuparse de nada,nos encargamos de toda la tramitación.

1. ¿Qué renovaciones están subvencionadas por la Comunidad de Madrid?

La Comunidad de Madrid concede ayudas para la transformación de salas de calderas:

  • de carbón a gas natural o GLP
  • de carbón a gasóleo, salvo que exista red de distribución de gas natural a una distancia igual o inferior a 50 m y el edificio cuente con un emplazamiento adecuado para llevar a cabo la transformación. En caso de que este último no se cumpla, será necesario aportar la conveniente justificación técnica.
  • de GLP a GLP o a gas natural,
  • de gas natural a gas natural,
  • y de gasóleo a gasóleo, gas natural o GLP, 
por CALDERAS DE CONDENSACIÓN, siempre que se consiga una reducción anual mínima del 20% del consumo de energía convencional y se justifique documentalmente. Estos incentivos estarán destinados a los titulares de salas de calderas que se sustituyan.
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las reformas de instalaciones térmicas tras las que se instalen generadores de calor de condensación, que utilicen gas natural, GLP o gasóleo como combustible, y que den servicio a:
  • comunidades de propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas, o
  • edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, empresas, o edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.

Además, se deben cumplir las condiciones siguientes:

Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
    • Una reducción de, al menos, un 20 por 100 del consumo respecto de la situación anterior a la sustitución.
    • En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por el Instalador Habilitado Adherido al Plan Renove que realice la sustitución.
    • Los aparatos sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación expedida por el Instalador Adherido al Plan Renove.
  • La cuantía máxima de los incentivos para el desarrollo del Plan Renove de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid, vendrá determinada en función de la potencia térmica nominal de la nueva instalación calculada conforme a la fórmula siguiente:
    Importe de la Subvención de la Fundación de la Energía Importe de la Subvención de Gas Natural Importe de la Subvención de MRG Importe de la Subvención de MSG
    P = < 70 kW 42 x P1,05 20 x P1,05 10 x P1,05 6 x P1,05
    70 kW < P <= 200 kW 300 x P0,62 20 x P1,05 10 x P1,05 6 x P1,05
    P > 200 kW 300 x P0,62 200 x P0,62 100 x P0,62 60 x P0,62
    La aplicación de estos incentivos se realizará con los criterios siguientes:
        1. El incentivo de la Fundación de la Energía se aplicará en todos los casos en que se cumplan las condiciones y requisitos que otorguen el derecho a la concesión de la ayuda, enumerados en el apartado 1 de esta información.
        2. El incentivo de Gas Natural se aplicará cuando la nueva caldera instalada sea de gas natural, el distribuidor de gas en la zona sea Gas Natural distribución y sea un nuevo punto de suministro, es decir, no existía anteriormente gas natural en la instalación.
        3. El incentivo de MRG se aplicará cuando la nueva caldera instalada sea de gas natural, el distribuidor de gas en la zona sea Madrileña Red de Gas y sea un nuevo punto de suministro, es decir, no existía anteriormente gas natural en la instalación.
        4. El incentivo de MSG se aplicará cuando la nueva caldera instalada sea de gas natural, el comercializador de gas de la instalación sea Madrileña Suministradora de Gas (GALP) y sea un nuevo punto de suministro, es decir, no existía anteriormente gas natural en la instalación.
    Notas:
        • Los incentivos de los puntos b), c) y d) están condicionados al derecho al incentivo de la Fundación de la Energía.
        • Los incentivos de Gas Natural y MRG no son compatibles.
    Independientemente del importe obtenido a partir de la potencia de la instalación, las cuantías de los incentivos quedarán limitadas al:
    No serán consideradas partidas subvencionables la albañilería y obra civil de todo tipo originadas en dichas actuaciones. 2. ¿Qué tipos de calderas se subvencionan?
    Sólo se subvencionan calderas de condensación (sin importar la marca). En los siguientes enlaces se pueden ver los modelos subvencionables que AIRCAL tiene disponibles:
        • calderas de condensación
        • calderas de condensación con acumulación.

    3. ¿Quién puede instalar mi caldera?

    AIRCAL es empresa instaladora autorizada y registrada para tramitar el Plan Renove. Sólo una empresa que reuna estos requisitos puede instalarle la caldera y hacer que se beneficie de la subvención.

    4. ¿Qué documentación se necesita para tramitar la subvención?

    AIRCAL se ocupa de reunir toda la documentación necesaria y hacer todos los trámites para solicitar la subvención. La documentación solicitada es la siguiente:

        • Formulario oficial de Solicitud de incentivo del Plan Renove de Salsa de Calderas de la Comunidad de Madrid, firmado y sellado.
        • Tarjeta de Identificación Fiscal;
        • DNI/NIE persona representante;
        • Acta Comunidad de Propietarios con elección de Presidente/Administrador o escrituras en su caso, y/o documento de autorización de los representantes en los casos que sea necesario.
        • Salvo en los casos de comunidades de propietarios, Nota Simple registral por la que se acredite la titularidad del inmueble por el solicitante.
        • Declaración de no haber recibido otras ayudas de la Comunidad de Madrid para esta instalación;
        • Presupuesto de la Empresa Instaladora desglosado;
        • Factura final aceptada por la Comunidad;
        • Estudio de Ahorro Energético;
        • Certificado de Instalación (EICI)(Modelo 3.1.7 Inst con proyecto; 3.1.8. Inst sin Proyecto);
        • Resguardo de presentación del proyecto de gas en la DGIEM de la Comunidad de Madrid, en su caso; para obtener el modelo oficial.
        • En el caso de entidades con actividad económica, declaración de ayudas concurrentes, tanto para el proyecto actual como del resto de ayudas obtenidas en los últimos tres años sometidas a la regla de mínimis.
        • Certificado acreditativo de inutilización de la caldera.
        • Factura suministro MSG (GALP Energía) en su caso.
        • Acreditación de número de cuenta bancaria.

    5. ¿Cómo se cobra la subvención?

    Después de presentar la documentación, y si todo está correcto, el titular de la instalación recibe el importe que le corresponda mediante una transferencia en su cuenta bancaria.

    6. ¿Qué plazo existe para solicitar la subvención?

    Podrán acogerse al Plan todas aquellas sustituciones realizadas a partir del 1 de enero de 2010 y hasta el 1 de abril de 2012 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

    7. ¿Dónde puedo solicitar más información sobre el plan renove?

    Usted puede conseguir información personalizada contactando con AIRCAL en el T/ 91 569 94 68 o en el correo electrónico info@aircal.es